Bases legales del sorteo
Promovido por Ferrolan en colaboración con el Gremi de Reformes d’Interiors de Catalunya (Greincat)
1. EMPRESA ORGANIZADORA
ALANTA, S.A., que opera comercialmente como FERROLAN (en adelante, «Ferrolan» o «la Organizadora»), con CIF A-08893521, domicilio social en Carretera de la Roca, km 5,600, 08924 Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), teléfono 93 391 90 11 y correo electrónico de contacto [email protected], organiza el presente sorteo de carácter promocional (en adelante, el «Sorteo») conforme a las presentes bases legales (las «Bases»).
El Sorteo se enmarca en una colaboración entre Ferrolan y el Gremi de Reformes d’Interiors de Catalunya (Greincat), entidad que imparte el curso objeto del premio. No obstante, la única entidad organizadora del Sorteo y responsable del tratamiento de los datos de los participantes es Ferrolan. Greincat no es coorganizadora del Sorteo ni responsable del tratamiento de dichos datos.
2. OBJETO Y NATURALEZA
El Sorteo tiene por objeto promocionar la marca Ferrolan y sortear, entre los participantes que cumplan los requisitos, una (1) plaza para realizar el curso «TRI — Tècnic en Reformes d’Interiors» (13.ª convocatoria), impartido por Greincat.
La participación es gratuita y no implica desembolso alguno ni la compra de ningún producto o servicio (combinación aleatoria gratuita con fines promocionales). Conforme a la normativa vigente, este tipo de combinaciones aleatorias no requiere autorización administrativa previa, si bien está sujeto al Impuesto sobre Actividades de Juego en los términos de la cláusula 11. [encuadre pendiente de confirmación por la asesoría]
3. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL
3.1. Ámbito territorial: Cataluña. El premio incluye dos (2) sesiones formativas presenciales en Barcelona (Pg. Torras i Bages, 53, 08030 Barcelona — distrito de Sant Andreu), por lo que la participación se dirige a personas residentes en Cataluña que puedan asistir a dichas sesiones.
3.2. Periodo de participación: desde las 00:00 horas del 15 de julio de 2026 hasta las 12:00 horas del 10 de septiembre de 2026 (ambas inclusive). Las participaciones recibidas fuera de este periodo no serán válidas.
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar las personas físicas que reúnan todos los requisitos siguientes:
- Ser mayor de edad (18 años o más) y residir en Cataluña.
- Ser profesional del sector de la reforma de interiores: persona trabajadora autónoma, responsable o personal de una empresa de reformas (p. ej., reformista, encargado de obra o coordinador de obras de reforma de interiores).
- Acreditar una experiencia profesional de, al menos, tres (3) años en el sector de la reforma de interiores.
- Poder asistir, por sus propios medios, a las dos (2) sesiones presenciales en Barcelona en las fechas previstas, y disponer de los medios para seguir la formación virtual.
El participante reconoce haber sido informado de que el curso se imparte en lengua catalana y declara disponer de comprensión suficiente para seguirlo adecuadamente.
Quedan expresamente excluidas de la participación:
- Las personas que reformen su propia vivienda y, en general, los particulares que no ejerzan profesionalmente en el sector (el Sorteo se dirige exclusivamente a profesionales).
- El personal de Ferrolan y de Greincat, las empresas que intervengan en la organización del Sorteo, sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, y sus cónyuges o parejas de hecho.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos determinará la nulidad de la participación y, en su caso, la pérdida del derecho al premio.
5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
5.1. Para participar, la persona interesada deberá, durante el periodo de participación, cumplimentar el formulario web habilitado en la página del Sorteo (https://ferrolan.es/sorteo-curso-tri), facilitando: nombre y apellidos, correo electrónico, años de experiencia en el sector y perfil profesional (autónomo, empresa o encargado). Con carácter opcional podrá facilitar su teléfono y código postal.
5.2. En el mismo formulario, el participante deberá: (i) aceptar las presentes Bases; y (ii) formular una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de la cláusula 4 (condición profesional, experiencia mínima de tres años y disponibilidad para asistir a las sesiones presenciales de Barcelona). Con carácter separado, independiente y voluntario, mediante una casilla no premarcada, podrá prestar su consentimiento para recibir comunicaciones comerciales de Ferrolan.
5.3. Se admitirá una (1) única participación por persona.
5.4. La inscripción se confirmará mediante un sistema de doble confirmación (double opt-in): el participante recibirá un correo electrónico para validar su dirección y completar su inscripción.
5.5. Los datos facilitados deberán ser veraces, completos y actualizados. Facilitar datos falsos, inexactos o de terceros sin su consentimiento conllevará la exclusión del Sorteo.
6. PREMIO
6.1. Se sortea un (1) único premio, consistente en una (1) plaza para realizar el curso «TRI — Tècnic en Reformes d’Interiors» (13.ª convocatoria), impartido por Greincat, con las siguientes características:
- Inicio: 21 de septiembre de 2026.
- Duración: 70 horas, en modalidad dual (Campus Virtual de Greincat y dos sesiones presenciales en Barcelona).
- Incluye el acceso a la formación y a la prueba de evaluación final conducente a la certificación personal basada en la norma ISO/IEC 17024, otorgada por TÜV Rheinland.
6.2. Valor del premio: 1.500 € más IVA (1.300 € de formación y 200 € de certificación).
6.3. La obtención de la certificación está condicionada a que la persona ganadora supere la prueba de evaluación final del curso conforme a las condiciones académicas de Greincat. El premio cubre el acceso al curso y a dicha prueba, pero no garantiza la obtención del certificado, que dependerá del aprovechamiento del curso por la persona ganadora.
6.4. El premio es personal e intransferible, no es susceptible de cambio, alteración o compensación a petición de la persona ganadora, ni podrá canjearse por su valor en metálico.
6.5. El premio no incluye desplazamientos, alojamiento, manutención ni ningún otro gasto distinto de los expresamente indicados, que serán por cuenta de la persona ganadora.
6.6. Una vez aceptado y formalizada la plaza, la no asistencia, el abandono o la falta de aprovechamiento del curso por parte de la persona ganadora no darán derecho a compensación, sustitución ni a un nuevo premio.
6.7. El disfrute del premio queda condicionado a la acreditación de los requisitos (cláusula 10) y a su aceptación en los términos de la cláusula 9.
7. DEPENDENCIA DEL CURSO RESPECTO DE GREINCAT
El curso objeto del premio es impartido por Greincat. Ferrolan no será responsable de las modificaciones organizativas, académicas, de programa, de modalidad o de calendario que sean imputables a Greincat, sin perjuicio de realizar las gestiones razonables para facilitar el disfrute del premio o una alternativa equivalente cuando ello sea posible (por ejemplo, una convocatoria posterior del mismo curso). En caso de que Greincat cancelara la formación sin ofrecer una alternativa equivalente, el premio podrá quedar sin efecto, sin que ello genere ninguna otra obligación ni responsabilidad para Ferrolan frente a la persona ganadora o los participantes.
8. SELECCIÓN DE LA PERSONA GANADORA Y SUPLENTES
8.1. La persona ganadora se determinará mediante un sorteo aleatorio entre todas las participaciones válidas recibidas durante el periodo de participación.
8.2. Fecha del sorteo: 10 de septiembre de 2026, una vez cerrado el plazo de participación.
8.3. El sorteo se realizará mediante un sistema de selección aleatoria que garantiza la aleatoriedad del resultado y genera un registro verificable de la extracción.
8.4. Se seleccionarán, además de la persona ganadora, tres (3) suplentes, por orden, que podrán acceder al premio en caso de que la persona ganadora o los suplentes precedentes no cumplan los requisitos, no los acrediten, renuncien o no puedan ser localizados, conforme a la cláusula 9. No se realizará un nuevo sorteo abierto.
9. COMUNICACIÓN, ACEPTACIÓN Y SUPLENCIA
9.1. La persona ganadora será informada en un plazo de veinticuatro (24) horas desde la celebración del sorteo, a través del correo electrónico y, en su caso, del teléfono facilitados en su participación.
9.2. La persona ganadora deberá manifestar la aceptación del premio y aportar la documentación acreditativa (cláusula 10) en el plazo de tres (3) días naturales desde la comunicación.
9.3. Si la persona ganadora no respondiera, no aceptara el premio, no acreditara los requisitos, hubiera facilitado datos falsos o renunciara, perderá el derecho al premio, que pasará al siguiente suplente por orden, reiniciándose respecto de éste el procedimiento de comunicación, aceptación y acreditación. Agotados los suplentes sin que ninguno reúna y acredite los requisitos, el premio podrá declararse desierto.
10. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS
10.1. Con carácter previo a la entrega del premio, la persona ganadora deberá acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos de la cláusula 4 y, en particular, una experiencia de al menos tres (3) años en el sector de la reforma de interiores, continuada o acumulada, ejercida por cuenta propia o ajena.
10.2. Se considerará documentación acreditativa suficiente, a título enunciativo: alta y antigüedad en el epígrafe del IAE correspondiente, informe de vida laboral, nóminas, certificados de empresa o contratos. La Organizadora podrá solicitar documentación adicional y resolverá de forma razonable las dudas sobre la suficiencia de la aportada.
10.3. La documentación deberá aportarse dentro del plazo de aceptación previsto en la cláusula 9.2 (tres días naturales desde la comunicación).
10.4. La constatación de que la declaración responsable era falsa o de que no se cumplen los requisitos conllevará la pérdida del premio, incluso con posterioridad a su comunicación, sin derecho a indemnización, pasando el premio al siguiente suplente.
11. FISCALIDAD
11.1. La Organizadora asume las obligaciones fiscales que se derivan de la organización del Sorteo en los términos previstos en la normativa vigente.
11.2. En su condición de combinación aleatoria con fines promocionales, el Sorteo está sujeto al Impuesto sobre Actividades de Juego, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que será liquidado y asumido por la Organizadora. [pendiente de confirmación por la asesoría: tipo aplicable (10 % del valor de mercado del premio) y modelo de autoliquidación]
11.3. El premio constituye para la persona ganadora una ganancia patrimonial sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Al tratarse de un premio en especie de valor superior a 300 €, procede la práctica del correspondiente ingreso a cuenta del IRPF, cuyo coste asume la Organizadora sin repercutirlo a la persona ganadora. A tal efecto, la persona ganadora deberá facilitar los datos fiscales necesarios (NIF y domicilio). [pendiente de confirmación por la asesoría: tipo y base del ingreso a cuenta, elevación al íntegro e información a la persona ganadora sobre la integración de la ganancia en su declaración de IRPF]
12. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD):
- Responsable del tratamiento: ALANTA, S.A. (marca «Ferrolan»), CIF A-08893521, domicilio en Carretera de la Roca, km 5,600, 08924 Santa Coloma de Gramenet (Barcelona). Contacto en materia de protección de datos: [email protected].
- Finalidades y bases jurídicas: (i) la gestión de la participación y el desarrollo del Sorteo, sobre la base de la ejecución de la relación jurídica derivada de la aceptación de las presentes Bases; (ii) el cumplimiento de las obligaciones fiscales asociadas al premio, sobre la base del cumplimiento de una obligación legal; (iii) el envío de comunicaciones comerciales de Ferrolan, únicamente cuando el participante lo consienta mediante casilla separada; y (iv) la difusión del nombre e imagen de la persona ganadora, en su caso, sobre la base de su consentimiento específico.
- Encargados del tratamiento: la Organizadora podrá servirse de proveedores tecnológicos que tratarán los datos por cuenta de Ferrolan como encargados del tratamiento, con las garantías exigidas por el RGPD y los correspondientes contratos de encargo; en particular, la plataforma de gestión de contactos y comunicaciones (Brevo) y la herramienta empleada para la realización del sorteo (RANDOM.ORG). [confirmar la firma de los contratos de encargo (DPA) con dichos proveedores]
- Destinatarios: no se cederán los datos a terceros, salvo obligación legal. En particular, los datos de los participantes no se comunican a Greincat. El único punto de contacto con Greincat consiste en un enlace voluntario a su sitio web; cualquier alta como agremiado que el usuario realice voluntariamente en dicho sitio se regirá por las condiciones y la política de privacidad propias de Greincat.
- Conservación: los datos tratados para la gestión del Sorteo se conservarán durante el tiempo necesario para su desarrollo y resolución y, posteriormente, durante los plazos de prescripción legalmente exigibles. Los datos de los participantes que hayan prestado su consentimiento para recibir comunicaciones comerciales de Ferrolan se conservarán en la plataforma de la Organizadora mientras se mantenga dicho consentimiento o hasta que la persona interesada solicite su supresión o lo revoque.
- Derechos: la persona interesada puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad dirigiéndose a [email protected], así como presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
- Más información: política de privacidad completa disponible en https://ferrolan.es/content/politica-de-privacidad.
13. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LAS PLATAFORMAS
13.1. El presente Sorteo no está patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno a Meta Platforms, Inc. (Facebook, Instagram) ni a TikTok. La información y los datos que el participante facilite se proporcionan a Ferrolan y no a dichas plataformas.
13.2. El participante exonera a Meta Platforms, Inc. y a TikTok de cualquier responsabilidad derivada del presente Sorteo.
14. EXCLUSIÓN Y CONDUCTA FRAUDULENTA
Ferrolan podrá excluir a cualquier participante que incumpla las Bases, facilite datos falsos, utilice medios fraudulentos, identidades falsas, cuentas duplicadas o sistemas automatizados (bots), o que manipule el desarrollo del Sorteo, con la consiguiente pérdida de cualquier derecho al premio.
15. FALLOS TÉCNICOS
Ferrolan no se responsabiliza de los fallos técnicos ajenos a su control (fallos de red, caídas de servidor, pérdida de correos electrónicos, mensajes clasificados como spam o inscripciones no confirmadas por causas técnicas) que impidan o dificulten la participación o la recepción de las comunicaciones, sin perjuicio de emplear medios razonables para el correcto funcionamiento del Sorteo y de mantener la trazabilidad de las participaciones válidas.
16. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL SORTEO
Ferrolan se reserva el derecho de modificar, ampliar, suspender o cancelar el Sorteo, total o parcialmente, por causas justificadas o de fuerza mayor, comunicándolo a través de los mismos canales de difusión del Sorteo, sin que ello genere derecho a indemnización alguna.
17. USO DEL NOMBRE Y LA IMAGEN DE LA PERSONA GANADORA
17.1. Ferrolan podrá difundir el nombre y, en su caso, la imagen de la persona ganadora con la finalidad de comunicar el resultado del Sorteo, siempre que ésta lo autorice de forma expresa, específica y separada mediante el consentimiento que se recabará a tal efecto. La no autorización de dicho uso no afectará a la entrega del premio.
17.2. En caso de que la persona ganadora no autorice la difusión de su nombre o imagen, Ferrolan podrá comunicar el resultado de forma anonimizada (por ejemplo, mediante iniciales o una referencia parcial), a efectos de transparencia del Sorteo.
18. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en el Sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes Bases. La no aceptación de las Bases, total o parcial, supondrá la exclusión del participante.
19. PUBLICACIÓN DE LAS BASES
Las presentes Bases no serán objeto de depósito notarial y se publican en https://ferrolan.es/sorteo-curso-tri, donde permanecerán accesibles durante toda la vigencia del Sorteo.
20. LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO
Las presentes Bases se rigen por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados y tribunales que resulten competentes conforme a derecho; en particular, cuando el participante tenga la condición de consumidor, será competente el fuero de su domicilio. [confirmar la redacción del fuero con la asesoría legal]
21. CONTACTO
Para cualquier duda relativa al Sorteo: [email protected] (tel. 93 391 90 11).
Fecha de las Bases: [fecha]. Lugar: Santa Coloma de Gramenet.