Ley 2/2023, de 20 de febrero
Canal ético
El presente canal está dedicado exclusivamente para dirigir denuncias por incumplimientos legales de la organización o sus integrantes, en los términos y condiciones de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
- Puede ser anónima
- Confidencialidad garantizada
- Sin represalias
Canal ético
Preguntas frecuentes
¿Qué se consideran incumplimientos normativos?
Sin ánimo excluyente ni limitativo, se consideran:
- Fraudes y estafas
- Blanqueo de capitales
- Evasión o elusión de impuestos
- Delitos contra la propiedad intelectual o industrial
- Competencia desleal
- Delitos contra el mercado o los consumidores
- Corrupción interna
- Irregularidades con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria
- Incumplimiento de la normativa sobre protección de datos
- Revelación de secretos empresariales
- Malversación
- Delitos contra el medio ambiente y la salud pública
- Vulneración de derechos de los trabajadores
Algunas de las situaciones que se podrían denunciar por esta vía son:
- Posibles conductas ilegales en el trabajo
- Gestión lucrativa de recursos de la empresa
- Discriminación o abuso sexual
- Corrupción, robos, fraudes, etc.
¿Quién puede presentar una comunicación?
Cualquier persona de la empresa o externa vinculada en un contexto laboral o profesional.
¿Cómo puedo realizar una comunicación?
Puede hacerse de forma verbal, escrita o presencial siguiendo el formulario del canal. Puede ser anónima.
¿Cómo se tramitará la comunicación?
Se garantiza la confidencialidad y la ausencia de represalias.
¿Qué principios asisten a la persona informante?
Confidencialidad, no represalias, protección de datos, independencia y seguimiento adecuado.
Presentar una comunicación
Si tiene cualquier duda sobre otras cuestiones puede contactarnos a través de otros canales disponibles en nuestra página web.